| Los derechos de la Mujer (1) |
|
|
|
| Por German Diaz | |||
|
Desde la antigüedad hasta nuestros días, las leyes siempre han sido redactadas por el hombre y ha habido una suerte de exclusión o discriminación con relación a la igualdad social, legal y política de la mujer. Es por eso que en nuestro país Republica Dominicana en su corta vida republicana a tenido que adecuar su legislación a la tendencia mundial de reivindicación he igualdad legal de mujeres y hombres, fundamentándose en los contenidos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que expresa: "TODOS LOS SERES HUMANOS NACEN LIBRES E IGUALES EN DIGNIDAD Y DERECHOS". Las mujeres a mediados del siglo veinte en nuestro país, no tenían derecho al voto, ni derechos civiles y políticos. Fue en plena dictadura de Trujillo que alcanzaron limitados derechos civiles y políticos. Precisamente son las mujeres con su abnegación y sacrificio las que enfrentaron la dictadura trujillista junto a sus esposos, hijos hermanos familiares. El ejemplo de las Hermanas Mirabal es digno de resaltar, pues su heroísmo y virtudes se han universalizado. La revolución de abril es otra coyuntura histórica que le permite a la mujer Dominicana dejar constancia de que también ellas construyen la historia y se merecen el reconocimiento de sus derechos a la igualdad y la participación en los procesos históricos, sociales, políticos y culturales de nuestro pueblo. En lo que se refiere a la legislación dominicana que ha venido reconociendo la igualdad de la mujer hacemos un recuento cronológico de dichos instrumentos jurídicos: Aprobación por parte del Congreso Nacional de Convenciones Internacionales que favorecen a la mujer, Ley 390 de 1940 que concede plena capacidad civil a la mujer, Ley 1306-bis de 1954 sobre divorcio, Ley 16-92 (Código de Trabajo), que establece beneficios para las mujeres embarazadas y castiga el acoso sexual en el trabajo, Ley 24-97, sobre violencia intrafamiliar, ley 57-97, que modifica la ley 5879 de reforma agraria para darle participación a la mujer campesina, Ley 86-99 que crea la Secretaria de Estado de la Mujer, Ley 189-01, establece un régimen compartido de los bienes matrimoniales que integran la comunidad matrimonial, Sentencia de la SCJ reconociendo las uniones consensúales (concubinatos) del 2001, Ley 88-03, que crea casas de acogidas, para mujeres y niños en situaciones de violencia familiar, Ley 137-03 de trafico ilícito de emigrantes y trata de personas, ley 275-97, y sus modificaciones, que regula los asuntos electorales, Ley 19-01 del Defensor del Pueblo y ley 176-07 del Distrito nacional y los municipios.
Comentarios (4)
![]() escrito por conrado rodriguez colon, marzo 27, 2008
hola mi querido amigo german, que bueno es tenerte donde estas ,porque sabemos que no estamos solos.me siento orgulloso de ser tu amigo,porque personas como tu no aparesen todos los dias, honesta y fiel a ese pueblo que tanto queremos. grasias en nombre de todos los maeno que por degrasias vivimos fuera,pero que sabiendo que tu estas en casa , nos sentimos que estamos halla, y gracia por tu comentari . tu amigo conrado colon.
escrito por ulloa, marzo 13, 2008
ESCRITO POR MARIA ULLOA, NO ESPERA MENOS DE USTED CON ESTE ARTICULO,MUY INTERESANTE. SALUDOS DE MARIA
escrito por miguelina minaya, marzo 08, 2008 hola: gracias amigo y recordado compueblano, por defendernos. es algo que muy pocos hacen. gracias otra vez. Escribir comentario
|
|||







hola:
que queno todos tienen las suficientes agayas pa poder hacerlo